jueves, 6 de abril de 2017

Recomendaciones a tener en cuenta para semana de Turismo

Con motivo de la próxima Semana de Turismo, desde la Jefatura de Policía de Soriano se exhorta a quienes se dedican a la caza, a ser cuidadosos en la observancia de las normas vigentes en cuanto a la Caza y sus permisos; en especial lo referido a la documentación del arma, el permiso del dueño o responsable del campo y especie autorizada, a efectos de evitar molestias, ya que las mismas le pueden ser requeridas por la autoridad policial, en controles que se realizarán. Ser prudentes en el manejo de las armas de fuego, para evitar la ocurrencia de hechos desgraciados.
A los automovilistas y conductores en general, para que extremen las medidas preventivas y respeten las normas en vigencia, particularmente las referidas a velocidades autorizadas, adelantamientos en ruta, el uso de cinturones y luces encendidas y para el caso de Motonetistas, el uso de Cascos y chalecos reflectivos.
A los que se ausentan por un periodo prolongado de sus domicilios, para que prevean y adopten medidas de seguridad sobre la finca, para la preservación de la misma y sus bienes muebles. 
La Policía de Soriano ante directivas recibidas de su Comando, procederá a efectuar controles, confiscando armas y vehículos en caso de constatarse irregularidades y dando trámite a la Justicia. 
"Del esfuerzo espontáneo y coordinado de todos y del sentido de responsabilidad que demostremos en nuestros actos, dependerá que esta semana tenga un final feliz para todos", señala la comunicación.
Por consultas podrán dirigirse a las distintas dependencias policiales del departamento y Oficinas del MGAP.
Se recuerda que las especies de caza libre son: Jabalí, Rata negra de las casas, Rata de las casas, Ratón minero, Garibaldino, Cotorra común, Paloma doméstica, Gorrión, Crucera, Yarará, Coral.
Restricciones a la libre caza: Queda prohibida la caza, bajo cualquiera de las modalidades, si se practicare indistintamente: por la noche, desde vehículos, con arma de fuego dentro de un radio de tres kilómetros de centros poblados o escuelas rurales, en caminos públicos o sin consentimiento del propietario u ocupante del predio (artículo 3° del decreto No. 164/996).
Caza Deportiva: Está regulada por normas generales y decretos anuales. Estos últimos establecen las especies de caza autorizada, las respectivas temporadas de caza, las áreas habilitadas y la cuota diaria de ejemplares. Solo puede practicarse con permisos de caza deportiva. Los frutos de la caza deben transportarse siempre acompañados de dicho permiso y no pueden ser objeto de comercio.
Permiso de caza deportiva: Son expedidos por el Departamento de Fauna de la Dirección General de Recursos Naturales Renovables (RENARE) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y en las Oficinas delegadas existentes en los departamentos del interior del país. Tienen validez para todo el territorio nacional. Son personales e intransferibles. Están numerados y se expiden en tres vías: blanca para el cazador; rosada para RENARE y verde para la Oficina expedidora. No es válida la fotocopia. Las condiciones de uso se establecen en el reverso de los formularios del permiso. Se requiere presentar guía de las armas a utilizar, las que se anotarán en el propio permiso.
Regulaciones de caza deportiva por especie: Decreto No. 104/00 del 5 de abril de 2000: Perdiz, Paloma, Paloma grande de monte, Paloma alas manchadas, Torcaza, Pato silvestre, Ciervo axis o gacelo, Liebre.

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